LSA · Ley de Salud de Andalucía
Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 28 de junio de 2024. Comprobado con el BOE el 28 de octubre de 2026.
La Ley 2/1998 (LSA) tiene 81 artículos y 3 disposiciones con texto vigente, repartidos en 7 títulos. Aquí está entera, con su texto literal, y leerla lleva unos 54 minutos. En la app hay 202 preguntas de test de esta ley, ordenadas por artículos.
Es el texto literal, sin resúmenes ni cambios. Solo separamos los apartados para que se lean mejor. Si algo no te cuadra, lo que vale es el BOE.
Los artículos con más preguntas
Son los que más preguntas tienen en la app: buen sitio para empezar a repasar.
Índice de la Ley 2/1998
TÍTULO IDisposiciones generales
TÍTULO IIDe los ciudadanos
CAPÍTULO I Derechos de los ciudadanos
CAPÍTULO II Obligaciones de los ciudadanos respecto a los servicios de salud
CAPÍTULO III Efectividad de los derechos y deberes
TÍTULO IIIParticipación de los ciudadanos
CAPÍTULO I El Consejo Andaluz de Salud
CAPÍTULO II De la participación territorial
TÍTULO IVDe las actuaciones en materia de salud
CAPÍTULO I Salud pública
CAPÍTULO II Salud laboral
CAPÍTULO III Asistencia sanitaria
CAPÍTULO IV Intervención pública en materia de salud
CAPÍTULO V Infracciones y sanciones
TÍTULO V El Plan Andaluz de Salud
- 30 Artículo 30. Las líneas directivas y de planificación de actividades, programas y recursos necesarios para alcanzar la finalidad expresada en el objeto de la presente ley constituirán el Plan Andaluz de Salud, que será el marco de referencia y el instrumento indicativo para todas las actuaciones en materia de salud en el ámbito de Andalucía
- 31 Artículo 31. 1
- 32 Artículo 32. El Plan Andaluz de Salud será aprobado por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, a propuesta del Consejero de Salud, remitiéndose al Parlamento de Andalucía para su conocimiento y estudio
- 33 Artículo 33. De conformidad con los criterios y pautas que establezca el Plan Andaluz de Salud, y teniendo en cuenta las especificidades de cada territorio, se elaborarán planes de salud específicos por los órganos correspondientes de cada una de las áreas de salud