TÍTULO VII. De la ordenación sanitariaCAPÍTULO I. El Sistema Sanitario Público de Andalucía
Ley 2/1998 · LSAArtículo 43
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 28 de junio de 2024. Comprobado con el BOE el 28 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 43 de la Ley de Salud de Andalucía (Ley 2/1998, LSA) está en el capítulo I («El Sistema Sanitario Público de Andalucía») del título VII («De la ordenación sanitaria»).
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Texto literal
El Sistema Sanitario Público de Andalucía es el conjunto de recursos, medios organizativos y actuaciones de las Administraciones sanitarias públicas de la Comunidad Autónoma o vinculadas a las mismas, orientados a satisfacer el derecho a la protección de la salud a través de la promoción de la salud, prevención de las enfermedades y la atención sanitaria.