TÍTULO VI De las Administraciones PúblicasCAPÍTULO I. Principio general
Ley 2/1998 · LSAArtículo 34Es función de las Administraciones Públicas garantizar, bajo las directrices y objetivos de
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 28 de junio de 2024. Comprobado con el BOE el 28 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 34 de la Ley de Salud de Andalucía (Ley 2/1998, LSA) se titula «Es función de las Administraciones Públicas garantizar, bajo las directrices y objetivos de» y está en el capítulo I («Principio general»).
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Texto literal
la presente Ley, el derecho a la protección de la salud y la asistencia sanitaria a los ciudadanos, en los términos previstos en la misma.
CAPÍTULO II
Competencias de la Administración de la Junta de Andalucía