TÍTULO III. Participación de los ciudadanosCAPÍTULO I. El Consejo Andaluz de Salud
Ley 2/1998 · LSAArtículo 11
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 28 de junio de 2024. Comprobado con el BOE el 28 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 11 de la Ley de Salud de Andalucía (Ley 2/1998, LSA) está en el capítulo I («El Consejo Andaluz de Salud») del título III («Participación de los ciudadanos»).
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Texto literal
El Consejo Andaluz de Salud es el órgano colegiado de participación ciudadana en la formulación de la política sanitaria y en el control de su ejecución, asesorando en esta materia a la Consejería de Salud en el ejercicio de las funciones de fomento y desarrollo de la participación ciudadana.