TÍTULO IV. De las actuaciones en materia de saludCAPÍTULO II. Salud laboral
Ley 2/1998 · LSAArtículo 16
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 28 de junio de 2024. Comprobado con el BOE el 28 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 16 de la Ley de Salud de Andalucía (Ley 2/1998, LSA) está en el capítulo II («Salud laboral») del título IV («De las actuaciones en materia de salud»).
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Texto literal
La Administración Sanitaria Pública de Andalucía promoverá actuaciones en materia sanitaria referentes a la salud laboral en el marco de lo dispuesto en la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, y en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.