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Articulado

TÍTULO VII. De la ordenación sanitariaCAPÍTULO VI. Organización y funciones del Servicio Andaluz de Salud

Ley 2/1998 · LSAArtículo 67

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 28 de junio de 2024. Comprobado con el BOE el 28 de octubre de 2026.

En pocas palabras

El artículo 67 de la Ley de Salud de Andalucía (Ley 2/1998, LSA) está en el capítulo VI («Organización y funciones del Servicio Andaluz de Salud») del título VII («De la ordenación sanitaria»). Tiene 3 apartados.

Apartados
3
Lectura
1 min
Preguntas de test
2

Texto literal

El Servicio Andaluz de Salud contará con los siguientes órganos superiores de dirección y gestión:

1. Consejo de Administración.

2. Dirección Gerencia.

3. Las direcciones generales que se establezcan.

Preguntas tipo test de este artículo

En la app hay 2 preguntas tipo examen sobre este artículo. Cada respuesta se corrige al momento, con la frase exacta de la ley.

Aquí tienes una de muestra. La solución no está en esta página: la ves al responder.

  1. Apartado 1

    Entre los órganos superiores de dirección y gestión del Servicio Andaluz de Salud, conforme a la Ley 2/1998, se encuentra:

    1. A) La Dirección General de Planificación.
    2. B) El Consejo de Administración.
    3. C) El Consejo Andaluz de Salud.
    4. D) El Consejo de Dirección del Área.

    Respóndela en el reto del 7 de noviembre de 2026 y mira cuánta gente la acierta.

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Fuente: Boletín Oficial del Estado, BOE-A-1998-18720. Ver la Ley 2/1998 en el BOE (se abre en otra pestaña)

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