TÍTULO VII. De la ordenación sanitariaCAPÍTULO VI. Organización y funciones del Servicio Andaluz de Salud
Ley 2/1998 · LSAArtículo 67
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 28 de junio de 2024. Comprobado con el BOE el 28 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 67 de la Ley de Salud de Andalucía (Ley 2/1998, LSA) está en el capítulo VI («Organización y funciones del Servicio Andaluz de Salud») del título VII («De la ordenación sanitaria»). Tiene 3 apartados.
- Apartados
- 3
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- 2
Texto literal
El Servicio Andaluz de Salud contará con los siguientes órganos superiores de dirección y gestión:
1. Consejo de Administración.
2. Dirección Gerencia.
3. Las direcciones generales que se establezcan.