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Articulado

TÍTULO II. De las operaciones de endeudamientoCAPÍTULO I. De las operaciones de endeudamiento

Decreto Legislativo 1/1999 · LRFGArtículo 28Endeudamiento

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 31 de diciembre de 2025. Comprobado con el BOE el 25 de octubre de 2026.

En pocas palabras

El artículo 28 de la Ley de Régimen Financiero y Presupuestario de Galicia (Decreto Legislativo 1/1999, LRFG) se titula «Endeudamiento» y está en el capítulo I («De las operaciones de endeudamiento») del título II («De las operaciones de endeudamiento»).

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Texto literal

Constituyen el endeudamiento público los capitales tomados a préstamo por la Junta de Galicia o por sus organismos autónomos. La emisión de Deuda Pública o la concertación de otras operaciones de crédito, su administración, conversión o extinción, así como la prescripción de los capitales y de sus intereses, se regularán por las disposiciones de esta Ley.

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