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Articulado

TÍTULO V. Tutela JudicialCAPÍTULO IV. Medidas judiciales de protección y de seguridad de las víctimas

Ley Orgánica 1/2004 · LOVGArtículo 62De la orden de protección

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 7 de septiembre de 2022. Comprobado con el BOE el 23 de octubre de 2026.

En pocas palabras

El artículo 62 de la Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género (Ley Orgánica 1/2004, LOVG) se titula «De la orden de protección» y está en el capítulo IV («Medidas judiciales de protección y de seguridad de las víctimas») del título V («Tutela Judicial»).

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Texto literal

Recibida la solicitud de adopción de una orden de protección, el Juez de Violencia sobre

la Mujer y, en su caso, el Juez de Guardia, actuarán de conformidad con lo dispuesto en el

artículo 544 ter de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

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