TÍTULO V. Tutela JudicialCAPÍTULO I. De los Juzgados de Violencia sobre la Mujer
Ley Orgánica 1/2004 · LOVGArtículo 53Notificación de las sentencias dictadas por Tribunales
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 7 de septiembre de 2022. Comprobado con el BOE el 23 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 53 de la Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género (Ley Orgánica 1/2004, LOVG) se titula «Notificación de las sentencias dictadas por Tribunales» y está en el capítulo I («De los Juzgados de Violencia sobre la Mujer») del título V («Tutela Judicial»).
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Texto literal
Se adiciona un nuevo párrafo en el artículo 160 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, con
el contenido siguiente:
«Cuando la instrucción de la causa hubiera correspondido a un Juzgado de
Violencia sobre la Mujer la sentencia será remitida al mismo por testimonio de forma
inmediata, con indicación de si la misma es o no firme.»