TÍTULO IV. Tutela Penal
Ley Orgánica 1/2004 · LOVGArtículo 42Administración penitenciaria
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 7 de septiembre de 2022. Comprobado con el BOE el 23 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 42 de la Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género (Ley Orgánica 1/2004, LOVG) se titula «Administración penitenciaria» y está en el título IV («Tutela Penal»). Tiene 2 apartados.
- Apartados
- 2
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- Preguntas de test
- 2
Texto literal
1. La Administración penitenciaria realizará programas específicos para internos
condenados por delitos relacionados con la violencia de género.
2. Las Juntas de Tratamiento valorarán, en las progresiones de grado, concesión de
permisos y concesión de la libertad condicional, el seguimiento y aprovechamiento de dichos
programas específicos por parte de los internos a que se refiere el apartado anterior.