TÍTULO IV. Tutela Penal
Ley Orgánica 1/2004 · LOVGArtículo 33Suspensión de penas
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 7 de septiembre de 2022. Comprobado con el BOE el 23 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 33 de la Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género (Ley Orgánica 1/2004, LOVG) se titula «Suspensión de penas» y está en el título IV («Tutela Penal»).
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Texto literal
El párrafo segundo del apartado 1, 6.ª, del artículo 83 del Código Penal, en la redacción
dada por la Ley Orgánica 15/2003, queda redactado de la forma siguiente:
«Si se tratase de delitos relacionados con la violencia de género, el Juez o
Tribunal condicionará en todo caso la suspensión al cumplimiento de las obligaciones
o deberes previstos en las reglas 1.ª, 2.ª y 5.ª de este apartado.»