Disposiciones
Ley 2/2015 · LEPGDisposición adicional segundaÁmbito específico de aplicación
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 31 de diciembre de 2025. Comprobado con el BOE el 24 de octubre de 2026.
En pocas palabras
La disposición adicional segunda de la Ley del empleo público de Galicia (Ley 2/2015, LEPG) se titula «Ámbito específico de aplicación». Tiene 2 apartados y 4 letras. Remite al artículo 4.
- Apartados
- 2
- Lectura
- 1 min
- Preguntas de test
- 2
Texto literal
1. Son de aplicación al personal de las entidades del sector público autonómico y local que no estén incluidas en el artículo 4 y que así se definan en su normativa específica las previsiones de la presente ley relativas a:
a) Principios de selección.
b) Acceso al empleo público de las personas con discapacidad.
c) Principios de actuación.
d) Deberes y código de conducta.
2. Las entidades instrumentales adscritas a la Consejería de Sanidad y al Servicio Gallego de Salud se rigen en materia de personal por lo dispuesto en la Ley 8/2008, de 10 de julio, de salud de Galicia, y por su normativa específica, sin perjuicio de la aplicación a las mismas de lo establecido en el apartado primero de esta disposición.