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Articulado

TÍTULO I. Objeto, principios y ámbito de aplicación

Ley 2/2015 · LEPGArtículo 4Ámbito de aplicación

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 31 de diciembre de 2025. Comprobado con el BOE el 24 de octubre de 2026.

En pocas palabras

El artículo 4 de la Ley del empleo público de Galicia (Ley 2/2015, LEPG) se titula «Ámbito de aplicación» y está en el título I («Objeto, principios y ámbito de aplicación»). Tiene 2 apartados y 5 letras.

Apartados
2
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Preguntas de test
1

Texto literal

1. La presente ley se aplica al personal funcionario y, en lo que proceda, al personal laboral al servicio de las siguientes administraciones públicas:

a) La Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia.

b) Las entidades locales gallegas.

c) Las entidades públicas instrumentales del sector público autonómico de Galicia enunciadas en la letra a) del artículo 45 de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia.

d) Las entidades públicas instrumentales vinculadas o dependientes de las entidades locales gallegas.

e) Las universidades públicas gallegas.

2. El ámbito de aplicación definido por este artículo se entiende sin perjuicio de las especialidades establecidas en los artículos siguientes.

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