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Disposiciones

Ley 2/2015 · LEPGDisposición adicional cuartaCompetencias en materia de personal de las entidades públicas instrumentales del sector público autonómico de Galicia

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 31 de diciembre de 2025. Comprobado con el BOE el 24 de octubre de 2026.

En pocas palabras

La disposición adicional cuarta de la Ley del empleo público de Galicia (Ley 2/2015, LEPG) se titula «Competencias en materia de personal de las entidades públicas instrumentales del sector público autonómico de Galicia».

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Texto literal

Los órganos competentes de las entidades públicas instrumentales del sector público autonómico de Galicia ejercerán sobre el personal laboral propio las facultades que les atribuyen la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia, y su normativa específica.

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Índice de la Ley 2/2015