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Articulado

TÍTULO III. Igualdad de mujeres y hombres en el empleo y en las relaciones laboralesCAPÍTULO II. Sostenibilidad social empresarial y bienestar laboral

Ley 7/2023 · LIGGArtículo 106Medidas de sensibilización para promover la igualdad en el empleo y para erradicar la violencia de género en el trabajo

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 31 de diciembre de 2024. Comprobado con el BOE el 25 de octubre de 2026.

En pocas palabras

El artículo 106 de la Ley para la igualdad efectiva de mujeres y hombres de Galicia (Ley 7/2023, LIGG) se titula «Medidas de sensibilización para promover la igualdad en el empleo y para erradicar la violencia de género en el trabajo» y está en el capítulo II («Sostenibilidad social empresarial y bienestar laboral») del título III («Igualdad de mujeres y hombres en el empleo y en las relaciones laborales»).

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Texto literal

La consejería competente en materia de empleo y relaciones laborales desarrollará medidas de sensibilización orientadas a difundir el derecho de las trabajadoras y trabajadores a la igualdad de trato y oportunidades y a erradicar el acoso sexual y el acoso por razón de sexo en el trabajo, especialmente mediante la utilización de la publicidad institucional.

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