TÍTULO III. Igualdad de mujeres y hombres en el empleo y en las relaciones laboralesCAPÍTULO II. Sostenibilidad social empresarial y bienestar laboral
Ley 7/2023 · LIGGArtículo 100Obligaciones de las empresas y entidades beneficiarias de las ayudas
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 31 de diciembre de 2024. Comprobado con el BOE el 25 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 100 de la Ley para la igualdad efectiva de mujeres y hombres de Galicia (Ley 7/2023, LIGG) se titula «Obligaciones de las empresas y entidades beneficiarias de las ayudas» y está en el capítulo II («Sostenibilidad social empresarial y bienestar laboral») del título III («Igualdad de mujeres y hombres en el empleo y en las relaciones laborales»).
- Lectura
- 1 min
- Preguntas de test
- 1
Texto literal
Las bases reguladoras de las ayudas a que se refieren los artículos anteriores habrán de establecer el plazo en que tiene que desarrollarse la medida objeto de ayuda, así como la obligación de la beneficiaria de presentar un informe sobre la ejecución de esta en el plazo fijado para su desarrollo o, si este fuera superior a un año, de presentar un informe anual hasta que finalice su vigencia temporal, a efectos de verificar la ejecución.
Plazos y cifras
Copiados tal cual del texto de arriba, para repasarlos de un vistazo.
- …de esta en el plazo fijado para su desarrollo o, si este fuera superior a un año, de presentar un informe anual hasta que finalice su vigencia temporal, a efectos…