TÍTULO III. Igualdad de mujeres y hombres en el empleo y en las relaciones laboralesCAPÍTULO II. Sostenibilidad social empresarial y bienestar laboral
Ley 7/2023 · LIGGArtículo 97Acceso a los recursos para el bienestar laboral de las mujeres
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 31 de diciembre de 2024. Comprobado con el BOE el 25 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 97 de la Ley para la igualdad efectiva de mujeres y hombres de Galicia (Ley 7/2023, LIGG) se titula «Acceso a los recursos para el bienestar laboral de las mujeres» y está en el capítulo II («Sostenibilidad social empresarial y bienestar laboral») del título III («Igualdad de mujeres y hombres en el empleo y en las relaciones laborales»).
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Texto literal
La consejería con competencias en materia de empleo mantendrá accesible para la ciudadanía su propio espacio web con información y acceso a todos los recursos puestos a disposición por parte de la Administración autonómica con la finalidad de conseguir el bienestar laboral de las personas trabajadoras.