TÍTULO VI. Régimen sancionadorCAPÍTULO II. Sanciones
Ley 5/2014 · LSPArtículo 65Aplicación de las sanciones
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 27 de mayo de 2021. Comprobado con el BOE el 26 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 65 de la Ley de Seguridad Privada (Ley 5/2014, LSP) se titula «Aplicación de las sanciones» y está en el capítulo II («Sanciones») del título VI («Régimen sancionador»). Tiene 2 apartados.
- Apartados
- 2
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- Preguntas de test
- 1
Texto literal
1. Las sanciones previstas en esta ley podrán aplicarse de forma alternativa o acumulativa.
2. La aplicación de sanciones pecuniarias tenderá a evitar que la comisión de las infracciones tipificadas no resulte más beneficiosa para el infractor que el cumplimiento de las normas infringidas.