TÍTULO VI. Régimen sancionadorCAPÍTULO II. Sanciones
Ley 5/2014 · LSPArtículo 63Sanciones a usuarios y centros de formación
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 27 de mayo de 2021. Comprobado con el BOE el 26 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 63 de la Ley de Seguridad Privada (Ley 5/2014, LSP) se titula «Sanciones a usuarios y centros de formación» y está en el capítulo II («Sanciones») del título VI («Régimen sancionador»). Tiene 3 apartados y 7 letras. Remite al artículo 59.
- Apartados
- 3
- Lectura
- 1 min
- Preguntas de test
- 1
Texto literal
Las autoridades competentes podrán imponer, por la comisión de las infracciones tipificadas en el artículo 59, las siguientes sanciones:
1. Por la comisión de infracciones muy graves:
a) Multa de 20.001 a 100.000 euros.
b) Cierre del centro de formación, que comportará la prohibición de volver a presentar la declaración responsable para su apertura por un plazo de entre uno y dos años, y cancelación de la inscripción en el registro correspondiente.
c) La clausura, desde seis meses y un día a dos años, de los establecimientos que no tengan en funcionamiento las medidas de seguridad obligatorias.
2. Por la comisión de infracciones graves:
a) Multa de 3.001 a 20.000 euros.
b) Suspensión temporal de la declaración responsable del centro de formación por un plazo de entre seis meses y un año.
3. Por la comisión de infracciones leves:
a) Apercibimiento.
b) Multa de 300 a 3.000 euros.
Plazos y cifras
Copiados tal cual del texto de arriba, para repasarlos de un vistazo.
- Apdo. 1.a)Multa de 20.001 a 100.000 euros.
- Apdo. 1.b)…la declaración responsable para su apertura por un plazo de entre uno y dos años, y cancelación de la inscripción en el registro correspondiente.
- Apdo. 1.c)La clausura, desde seis meses y un día a dos años, de los establecimientos que no tengan en funcionamiento las medidas de seguridad obligatorias.
- Apdo. 2.a)Multa de 3.001 a 20.000 euros.
- Apdo. 2.b)Suspensión temporal de la declaración responsable del centro de formación por un plazo de entre seis meses y un año.
- Apdo. 3.b)Multa de 300 a 3.000 euros.