TÍTULO VI. Derechos y deberes individuales de los empleados públicosCAPÍTULO II. Promoción profesional y evaluación del desempeño
Ley 2/2015 · LEPGArtículo 83Concepto y principios inspiradores. 1. La evaluación del desempeño es el procedimiento mediante el cual se mide y valora la
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 31 de diciembre de 2025. Comprobado con el BOE el 24 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 83 de la Ley del empleo público de Galicia (Ley 2/2015, LEPG) se titula «Concepto y principios inspiradores. 1. La evaluación del desempeño es el procedimiento mediante el cual se mide y valora la» y está en el capítulo II («Promoción profesional y evaluación del desempeño») del título VI («Derechos y deberes individuales de los empleados públicos»).
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Texto literal
conducta profesional y el rendimiento o logro de resultados de los empleados públicos. 2. Las administraciones públicas incluidas en el ámbito de aplicación de la presente ley
establecerán sistemas que permitan la evaluación del desempeño de todo su personal, en los términos que se establezcan reglamentariamente en desarrollo de los principios recogidos en esta sección. En el diseño y establecimiento de estos sistemas serán oídas las organizaciones sindicales.
3. Los sistemas de evaluación del desempeño se adecuarán, en todo caso, a criterios de transparencia, objetividad, imparcialidad y no discriminación, y se aplicarán sin menoscabo de los derechos de los empleados públicos por órganos especializados dotados de autonomía funcional.