TÍTULO VI. Derechos y deberes individuales de los empleados públicosCAPÍTULO II. Promoción profesional y evaluación del desempeño
Ley 2/2015 · LEPGArtículo 79Relaciones entre la carrera horizontal y la carrera vertical
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 31 de diciembre de 2025. Comprobado con el BOE el 24 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 79 de la Ley del empleo público de Galicia (Ley 2/2015, LEPG) se titula «Relaciones entre la carrera horizontal y la carrera vertical» y está en el capítulo II («Promoción profesional y evaluación del desempeño») del título VI («Derechos y deberes individuales de los empleados públicos»). Tiene 2 apartados.
- Apartados
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- 1
Texto literal
1. El personal funcionario de carrera podrá progresar de forma simultánea en las modalidades de carrera horizontal y vertical.
2. Las relaciones de puestos de trabajo establecerán, en su caso, la categoría profesional mínima que el personal funcionario de carrera deberá reunir para acceder a cada puesto.