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Articulado

TÍTULO PRELIMINAR. Principios generales

Decreto Legislativo 1/1999 · LRFGArtículo 8Competencia de las Consejerías

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 31 de diciembre de 2025. Comprobado con el BOE el 25 de octubre de 2026.

En pocas palabras

El artículo 8 de la Ley de Régimen Financiero y Presupuestario de Galicia (Decreto Legislativo 1/1999, LRFG) se titula «Competencia de las Consejerías» y está en el título preliminar («Principios generales»). Enumera 5 letras.

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Texto literal

Será competencia de las Consejerías:

a) La elaboración de su anteproyecto de presupuesto.

b) La administración y gestión de los créditos para gastos incluidos en los presupuestos y que estén adscritos a las mismas.

c) La autorización de los gastos propios de la Consejería, salvo que la misma esté reservada al Consejo de la Junta.

d) La propuesta del pago de obligaciones a la Consejería de Economía y Hacienda.

e) Las demás que les confiera la normativa legal vigente.

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