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Articulado

TÍTULO III. Igualdad de mujeres y hombres en el empleo y en las relaciones laboralesCAPÍTULO II. Sostenibilidad social empresarial y bienestar laboral

Ley 7/2023 · LIGGArtículo 94La vigilancia y el control

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 31 de diciembre de 2024. Comprobado con el BOE el 25 de octubre de 2026.

En pocas palabras

El artículo 94 de la Ley para la igualdad efectiva de mujeres y hombres de Galicia (Ley 7/2023, LIGG) se titula «La vigilancia y el control» y está en el capítulo II («Sostenibilidad social empresarial y bienestar laboral») del título III («Igualdad de mujeres y hombres en el empleo y en las relaciones laborales»). Enumera 2 letras.

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Texto literal

A pesar de la voluntariedad de asumir los criterios y acciones de sostenibilidad social empresarial, en los siguientes supuestos estarán sometidas a determinadas medidas de vigilancia y control:

a) Cuando las empresas o entidades del tercer sector hagan un uso publicitario de la implantación de criterios y acciones voluntarios de sostenibilidad social empresarial, especialmente de aquellos vinculados estrechamente a la garantía de la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres, la consejería competente en materia de empleo o de igualdad entre mujeres y hombres podrá exigir a la empresa o a entidad del tercer sector la verificación del cumplimiento del criterio o acción. En caso de impedir la verificación, o de constatarse su incumplimiento, podrá solicitar judicialmente el cese de la publicidad como publicidad engañosa, conforme a lo establecido en la Ley 34/1988, de 11 de noviembre, general de publicidad.

b) Cuando los criterios o acciones de sostenibilidad social empresarial surjan de un compromiso con la consejería con competencias en materia de empleo y relaciones laborales, o con cualquier otro organismo público autonómico, se observará lo acordado para vigilar y controlar estos criterios o la ejecución de las acciones de sostenibilidad social empresarial en los términos establecidos en el instrumento en que se haya formalizado.

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