TÍTULO III. Igualdad de mujeres y hombres en el empleo y en las relaciones laboralesCAPÍTULO VI. Promoción de la igualdad de género en la negociación colectiva
Ley 7/2023 · LIGGArtículo 138Composición equilibrada de la participación institucional de las organizaciones sindicales y asociaciones empresariales
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 31 de diciembre de 2024. Comprobado con el BOE el 25 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 138 de la Ley para la igualdad efectiva de mujeres y hombres de Galicia (Ley 7/2023, LIGG) se titula «Composición equilibrada de la participación institucional de las organizaciones sindicales y asociaciones empresariales» y está en el capítulo VI («Promoción de la igualdad de género en la negociación colectiva») del título III («Igualdad de mujeres y hombres en el empleo y en las relaciones laborales»).
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Texto literal
Cada organización sindical o asociación empresarial ejercerá sus derechos de participación institucional en cualquier organismo de la Comunidad Autónoma de Galicia con arreglo a criterios de equilibrio entre ambos sexos.
TÍTULO IV
Promoción de la igualdad de mujeres y hombres en el ámbito local
CAPÍTULO I
Disposiciones generales