TÍTULO VI. Régimen disciplinarioCAPÍTULO II. Régimen disciplinario del alumnado del Instituto de Emergencias y Seguridad Pública de Andalucía y de las escuelas municipales de la Policía Local
Ley 6/2023 · LPLAArtículo 81Procedimiento sancionador
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 1 de agosto de 2023. Comprobado con el BOE el 28 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 81 de la Ley de Policías Locales de Andalucía (Ley 6/2023, LPLA) se titula «Procedimiento sancionador» y está en el capítulo II («Régimen disciplinario del alumnado del Instituto de Emergencias y Seguridad Pública de Andalucía y de las escuelas municipales de la Policía Local») del título VI («Régimen disciplinario»). Tiene 2 apartados.
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Texto literal
1. En ningún caso se podrá imponer una sanción sin que se haya tramitado el necesario procedimiento. La tramitación del procedimiento vendrá caracterizada por los principios de sumariedad y celeridad.
2. Al alumnado que tenga la condición de policía local se le aplicará supletoriamente el régimen disciplinario previsto en esta ley para los cuerpos de la Policía Local.