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Articulado

TÍTULO VIII. Ordenación y planificación del empleo públicoCAPÍTULO I. Planificación de recursos humanos

Ley 5/2023 · LFPAArtículo 98Información sobre otro personal

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 7 de abril de 2026. Comprobado con el BOE el 28 de octubre de 2026.

En pocas palabras

El artículo 98 de la Ley de la Función Pública de Andalucía (Ley 5/2023, LFPA) se titula «Información sobre otro personal» y está en el capítulo I («Planificación de recursos humanos») del título VIII («Ordenación y planificación del empleo público»). Tiene 2 apartados.

Apartados
2
Lectura
1 min
Preguntas de test
2

Texto literal

1. El Registro General de Personal de la Administración General de la Junta de Andalucía creará una sección diferenciada en la que se incluirá información de los Registros de personal de las entidades locales, de las Universidades públicas de Andalucía y del personal de la Administración de Justicia competencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a los efectos de análisis y valoración de la situación del empleo público de Andalucía.

2. Con la misma finalidad, y previos los acuerdos o convenios pertinentes, se podrán crear secciones diferenciadas en las que incluir la información sobre los recursos humanos de otras instituciones de autogobierno de la Comunidad Autónoma.

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