TÍTULO II Medidas para la igualdad real y efectiva de las personas transCAPÍTULO I. Rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas y
Ley 4/2023 · LTRANSArtículo 48Cambio de nombre en el Registro Civil de personas menores de edad
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 1 de marzo de 2023. Comprobado con el BOE el 25 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 48 de la Ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI (Ley 4/2023, LTRANS) se titula «Cambio de nombre en el Registro Civil de personas menores de edad» y está en el capítulo I («Rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas y»).
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Texto literal
Las personas trans menores de edad, hayan iniciado o no el procedimiento de rectificación de la mención relativa al sexo, tienen derecho a obtener la inscripción registral del cambio de nombre por razones de identidad sexual, cumpliendo con los requisitos establecidos en la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil.