TÍTULO X. Especialidades del personal al servicio de las entidades locales
Ley 2/2015 · LEPGArtículo 210Jornada de trabajo
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 31 de diciembre de 2025. Comprobado con el BOE el 24 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 210 de la Ley del empleo público de Galicia (Ley 2/2015, LEPG) se titula «Jornada de trabajo» y está en el título X («Especialidades del personal al servicio de las entidades locales»).
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Texto literal
La jornada de trabajo del personal funcionario de las entidades locales será en cómputo anual la misma que se fije para el personal funcionario de la Administración general del Estado. Igualmente, se le aplicarán las mismas normas sobre equivalencia y reducción de jornada.