TÍTULO X. Especialidades del personal al servicio de las entidades locales
Ley 2/2015 · LEPGArtículo 206Rehabilitación de la condición de personal funcionario
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 31 de diciembre de 2025. Comprobado con el BOE el 24 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 206 de la Ley del empleo público de Galicia (Ley 2/2015, LEPG) se titula «Rehabilitación de la condición de personal funcionario» y está en el título X («Especialidades del personal al servicio de las entidades locales»). Remite al artículo 69.
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Texto literal
En las entidades locales corresponde al pleno de la corporación la competencia para conceder la rehabilitación de la condición de personal funcionario prevista por el apartado segundo del artículo 69 de la presente ley, excepto en el caso del personal funcionario con habilitación de carácter estatal, respecto al cual tal competencia será ejercida de conformidad con lo dispuesto en la normativa básica estatal.