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Articulado

TÍTULO III. De la estructura del sistema sanitario públicoCAPÍTULO IV. De la coordinación general sanitaria

Ley 14/1986 · LGSArtículo setenta y uno

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 23 de marzo de 2023. Comprobado con el BOE el 23 de octubre de 2026.

En pocas palabras

El artículo setenta y uno de la Ley General de Sanidad (Ley 14/1986, LGS) está en el capítulo IV («De la coordinación general sanitaria») del título III («De la estructura del sistema sanitario público»). Tiene 2 apartados.

Apartados
2
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1 min
Preguntas de test
4

Texto literal

1. El Estado y las Comunidades Autónomas podrán establecer planes de salud

conjuntos. Cuando estos planes conjuntos impliquen a todas las Comunidades Autónomas,

se formularán en el seno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.

2. Los planes conjuntos, una vez formulados, se tramitarán por el Departamento de

Sanidad de la Administración del Estado y por el órgano competente de las Comunidades

Autónomas, a los efectos de obtener su aprobación por los órganos legislativos

correspondientes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 18 de la Ley orgánica para la

Financiación de las Comunidades Autónomas.

Preguntas tipo test de este artículo

En la app hay 4 preguntas tipo examen sobre este artículo. Cada respuesta se corrige al momento, con la frase exacta de la ley.

Aquí tienes dos de muestra. La solución no está en esta página: la ves al responder.

  1. Apartado 1

    Cuando los planes de salud conjuntos impliquen a todas las Comunidades Autónomas, su formulación se realizará en el seno del:

    1. A) Consejo de Salud del Área de Salud determinada.
    2. B) Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.
    3. C) Consejo de Dirección del Área de Salud respectiva.
    4. D) Consejo de Salud de la propia Comunidad Autónoma.

    Respóndela en el reto del 7 de noviembre de 2026 y mira cuánta gente la acierta.

  2. Apartado 2

    A tenor del artículo 71 de la Ley 14/1986, la tramitación de los planes de salud conjuntos una vez formulados se realizará por:

    1. A) El Departamento de Sanidad de la Administración del Estado y el órgano competente de las Comunidades Autónomas.
    2. B) La Comisión Permanente de Farmacia y el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
    3. C) El Pleno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud en sesión extraordinaria.
    4. D) Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.

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Fuente: Boletín Oficial del Estado, BOE-A-1986-10499. Ver la Ley 14/1986 en el BOE (se abre en otra pestaña)

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