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Articulado

TÍTULO VI Economía, empleo y haciendaCAPÍTULO I. Economía

Ley Orgánica 2/2007 · EAANDArtículo 157Principios y objetivos básicos. 1. La libertad de empresa, la economía social de mercado, la iniciativa pública, la

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 28 de diciembre de 2022. Comprobado con el BOE el 28 de octubre de 2026.

En pocas palabras

El artículo 157 del Estatuto de Autonomía para Andalucía (Ley Orgánica 2/2007, EAAND) se titula «Principios y objetivos básicos. 1. La libertad de empresa, la economía social de mercado, la iniciativa pública, la» y está en el capítulo I («Economía»). Tiene 3 apartados.

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3

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planificación y el fomento de la actividad económica constituyen el fundamento de la actuación de los poderes públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía en el ámbito económico.

2. La actividad económica estará orientada a la consecución de los objetivos básicos de la Comunidad Autónoma establecidos en el Título Preliminar.

3. La política económica de Andalucía se rige por los siguientes principios: 1.º El desarrollo sostenible. 2.º El pleno empleo, la calidad en el trabajo y la igualdad en el acceso al mismo. 3.º La cohesión social. 4.º La creación y redistribución de la riqueza.

4. La política económica de Andalucía promoverá la capacidad emprendedora y de las iniciativas empresariales, incentivando especialmente la pequeña y mediana empresa, la actividad de la economía social y de los emprendedores autónomos, la formación permanente de los trabajadores, la seguridad y la salud laboral, las relaciones entre la investigación, la Universidad y el sector productivo, y la proyección internacional de las empresas andaluzas.

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  1. Apartado 1

    Forman parte del fundamento de la actuación de los poderes públicos autonómicos en el ámbito económico según el artículo 157 de la Ley Orgánica 2/2007:

    1. A) la libre competencia de mercado.
    2. B) la primacía del sector público.
    3. C) la intervención económica previa.
    4. D) la economía social de mercado.

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Fuente: Boletín Oficial del Estado, BOE-A-2007-5825. Ver la Ley Orgánica 2/2007 en el BOE (se abre en otra pestaña)

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