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Articulado

TÍTULO VI Economía, empleo y haciendaCAPÍTULO I. Economía

Ley Orgánica 2/2007 · EAANDArtículo 163Modernización económica. Acceso a los medios de producción. 1. La Comunidad Autónoma atenderá a la modernización, innovación y desarrollo de

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 28 de diciembre de 2022. Comprobado con el BOE el 28 de octubre de 2026.

En pocas palabras

El artículo 163 del Estatuto de Autonomía para Andalucía (Ley Orgánica 2/2007, EAAND) se titula «Modernización económica. Acceso a los medios de producción. 1. La Comunidad Autónoma atenderá a la modernización, innovación y desarrollo de» y está en el capítulo I («Economía»). Tiene 2 apartados.

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todos los sectores económicos, a fin de propiciar un tejido productivo de calidad, y, en particular, de la agricultura, de la ganadería, de la pesca y de la artesanía, a fin de equiparar el nivel de vida de los andaluces y andaluzas.

2. Los poderes públicos de la Comunidad Autónoma fomentarán las sociedades cooperativas y otras formas jurídicas de economía social, mediante la legislación adecuada.

3. Los poderes públicos, de acuerdo con la legislación estatal sobre la materia, establecerán los medios que faciliten el acceso de los trabajadores a la propiedad y gestión de los medios de producción, de conformidad con el artículo 129.2 de la Constitución.

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