TÍTULO VI Economía, empleo y haciendaCAPÍTULO I. Economía
Ley Orgánica 2/2007 · EAANDArtículo 158Entes instrumentales. La Comunidad Autónoma podrá constituir empresas públicas y otros entes
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 28 de diciembre de 2022. Comprobado con el BOE el 28 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 158 del Estatuto de Autonomía para Andalucía (Ley Orgánica 2/2007, EAAND) se titula «Entes instrumentales. La Comunidad Autónoma podrá constituir empresas públicas y otros entes» y está en el capítulo I («Economía»).
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Texto literal
instrumentales, con personalidad jurídica propia, para la ejecución de funciones de su competencia.