TÍTULO XIII. Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómicoCAPÍTULO II. De los robos
Ley Orgánica 10/1995 · CPArtículo 237
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 9 de abril de 2026. Comprobado con el BOE el 26 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 237 del Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, CP) está en el capítulo II («De los robos») del título XIII («Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico»).
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Texto literal
Son reos del delito de robo los que, con ánimo de lucro, se apoderaren de las cosas muebles ajenas empleando fuerza en las cosas para acceder o abandonar el lugar donde éstas se encuentran o violencia o intimidación en las personas, sea al cometer el delito, para proteger la huida, o sobre los que acudiesen en auxilio de la víctima o que le persiguieren.