TÍTULO III. Deberes de los Policías Nacionales. Código de Conducta. Responsabilidad y protección jurídica y económica. Régimen de incompatibilidadesCAPÍTULO II. Responsabilidad, protección jurídica y económica
Ley Orgánica 9/2015 · LOPNArtículo 11Responsabilidad de los funcionarios
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 12 de noviembre de 2024. Comprobado con el BOE el 26 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 11 de la Ley Orgánica de Régimen de Personal de la Policía Nacional (Ley Orgánica 9/2015, LOPN) se titula «Responsabilidad de los funcionarios» y está en el capítulo II («Responsabilidad, protección jurídica y económica») del título III («Deberes de los Policías Nacionales. Código de Conducta. Responsabilidad y protección jurídica y económica. Régimen de incompatibilidades»).
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Texto literal
El incumplimiento de los deberes expresados en los artículos anteriores será sancionado con arreglo a lo dispuesto en la normativa que regule el régimen disciplinario de los Policías Nacionales, con independencia de la responsabilidad civil o penal en que puedan incurrir, la cual se hará efectiva en la forma que determina el ordenamiento jurídico.