Disposiciones
Ley Orgánica 9/2015 · LOPNDisposición final primeraModificación de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 12 de noviembre de 2024. Comprobado con el BOE el 26 de octubre de 2026.
En pocas palabras
La disposición final primera de la Ley Orgánica de Régimen de Personal de la Policía Nacional (Ley Orgánica 9/2015, LOPN) se titula «Modificación de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad». Tiene 2 apartados. Remite a los artículos 10, 11, 6 y 12.
- Apartados
- 2
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Texto literal
Uno. La disposición final quinta queda redactada del siguiente modo:
«Disposición final quinta. Régimen específico del sistema de provisión de puestos de trabajo de los catálogos de las unidades adscritas a la Secretaría de Estado de Seguridad.
Por razones de confidencialidad y seguridad de la información, se habilita al Gobierno para que regule las especificidades del sistema de provisión de puestos incluidos en los catálogos de puestos de trabajo de aquellas unidades que dependan de la Secretaría de Estado de Seguridad y no dispongan de normativa específica en los términos previstos en el artículo 4 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
Dichas especificidades se referirán, en su caso, al procedimiento de valoración de los méritos en los concursos de provisión de los puestos y al régimen de
publicidad, incluyendo las eventuales restricciones al mismo y las garantías de los derechos de los interesados.
La determinación del sistema de provisión de dichos puestos como de concurso o libre designación se efectuará atendiendo a las razones de confidencialidad y seguridad anteriormente señaladas.»
Dos. La actual disposición final quinta pasa a ser la nueva disposición final sexta, con la siguiente redacción:
«Disposición final sexta. Carácter de ley orgánica.
Tienen el carácter de ley orgánica los preceptos que se contienen en los títulos I, III, IV y V y en el título II, salvo los artículos 10, 11.2 a 6 y 12.1, la disposición adicional tercera y las disposiciones finales, excepto la disposición final quinta.»