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Disposiciones

Ley Orgánica 1/2004 · LOVGDisposición adicional decimosextaCoordinación de los Servicios Públicos de Empleo

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 7 de septiembre de 2022. Comprobado con el BOE el 23 de octubre de 2026.

En pocas palabras

La disposición adicional decimosexta de la Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género (Ley Orgánica 1/2004, LOVG) se titula «Coordinación de los Servicios Públicos de Empleo».

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Texto literal

En el desarrollo de la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo, se tendrá en cuenta

la necesaria coordinación de los Servicios Públicos de Empleo, para facilitar el acceso al

mercado de trabajo de las víctimas de violencia de género cuando, debido al ejercicio del

derecho de movilidad geográfica, se vean obligadas a trasladar su domicilio y el mismo

implique cambio de Comunidad Autónoma.

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Índice de la Ley Orgánica 1/2004