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Articulado

TÍTULO VI. Las condiciones de empleo en igualdad en la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia y en el sector público autonómicoCAPÍTULO III. Formación en igualdad y la igualdad y transparencia retributiva en el empleo público

Ley 7/2023 · LIGGArtículo 157Niveles de conocimiento

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 31 de diciembre de 2024. Comprobado con el BOE el 25 de octubre de 2026.

En pocas palabras

El artículo 157 de la Ley para la igualdad efectiva de mujeres y hombres de Galicia (Ley 7/2023, LIGG) se titula «Niveles de conocimiento» y está en el capítulo III («Formación en igualdad y la igualdad y transparencia retributiva en el empleo público») del título VI («Las condiciones de empleo en igualdad en la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia y en el sector público autonómico»). Enumera 3 letras.

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Texto literal

En el empleo público se establecen tres niveles de conocimiento en materia de igualdad de género y de prevención y lucha contra la violencia de género:

a) Nivel básico: acreditará una competencia inicial que permita incluir progresivamente el principio de igualdad en los procesos habituales de trabajo, con una duración mínima de veinte horas.

b) Nivel medio: acreditará una competencia media que permita integrar el enfoque de género en ámbitos materiales concretos de competencia de las administraciones públicas, como subvenciones, contratos, gestión de recursos humanos, producción normativa o gestión administrativa, y el conocimiento y comprensión de la violencia de género, con una duración mínima de ciento cincuenta horas.

c) Nivel superior: acreditará una competencia alta que permita el conocimiento y aplicación práctica del enfoque integrado o de género, con una duración mínima de quinientas horas.

Plazos y cifras

Copiados tal cual del texto de arriba, para repasarlos de un vistazo.

  • Apdo. a)…de igualdad en los procesos habituales de trabajo, con una duración mínima de veinte horas.
  • Apdo. b)…y comprensión de la violencia de género, con una duración mínima de ciento cincuenta horas.

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