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Articulado

TÍTULO VI. Las condiciones de empleo en igualdad en la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia y en el sector público autonómicoCAPÍTULO III. Formación en igualdad y la igualdad y transparencia retributiva en el empleo público

Ley 7/2023 · LIGGArtículo 156Formación en igualdad y prevención y lucha contra la violencia de género

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 31 de diciembre de 2024. Comprobado con el BOE el 25 de octubre de 2026.

En pocas palabras

El artículo 156 de la Ley para la igualdad efectiva de mujeres y hombres de Galicia (Ley 7/2023, LIGG) se titula «Formación en igualdad y prevención y lucha contra la violencia de género» y está en el capítulo III («Formación en igualdad y la igualdad y transparencia retributiva en el empleo público») del título VI («Las condiciones de empleo en igualdad en la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia y en el sector público autonómico»). Tiene 2 apartados.

Apartados
2
Lectura
1 min
Preguntas de test
2

Texto literal

1. La Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia y el sector público autonómico adoptarán las medidas necesarias para garantizar la formación continua de su personal en materia de igualdad entre mujeres y hombres y de prevención y lucha contra la violencia de género, a fin de ampliar sus competencias en estas materias y fortalecer la introducción de la perspectiva de género en todas las áreas de gestión.

2. Reglamentariamente se establecerá la formación en igualdad y la prevención y lucha contra la violencia de género en el empleo público.

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