TÍTULO V. Selección y formaciónCAPÍTULO II. Régimen de formación
Ley 6/2023 · LPLAArtículo 63Homologación de los cursos
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 1 de agosto de 2023. Comprobado con el BOE el 28 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 63 de la Ley de Policías Locales de Andalucía (Ley 6/2023, LPLA) se titula «Homologación de los cursos» y está en el capítulo II («Régimen de formación») del título V («Selección y formación»). Tiene 3 apartados.
- Apartados
- 3
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- 1 min
- Preguntas de test
- 2
Texto literal
1. El Instituto de Emergencias y Seguridad Pública de Andalucía podrá homologar los cursos impartidos por otras escuelas de la Policía, en los términos que se establezcan reglamentariamente.
2. Las entidades públicas o privadas podrán solicitar al Instituto de Emergencias y Seguridad Pública de Andalucía la homologación de los cursos que impartan, siempre que estos reúnan los requisitos que se establezcan reglamentariamente.
3. No se homologará ninguna actividad formativa que no sean cursos.