TÍTULO IV. Régimen estatutarioCAPÍTULO II. Segunda actividad
Ley 6/2023 · LPLAArtículo 36Causas
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 1 de agosto de 2023. Comprobado con el BOE el 28 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 36 de la Ley de Policías Locales de Andalucía (Ley 6/2023, LPLA) se titula «Causas» y está en el capítulo II («Segunda actividad») del título IV («Régimen estatutario»). Enumera 3 letras.
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Texto literal
Se podrá pasar a la situación de segunda actividad:
a) Por cumplimiento de las edades que se determinan para las distintas escalas.
b) Por disminución de las aptitudes psicofísicas para el desempeño de la función policial.
c) Por embarazo y riesgo durante la lactancia natural.