TÍTULO IV. Régimen estatutarioCAPÍTULO I. Principios generales
Ley 6/2023 · LPLAArtículo 32Premios, distinciones y condecoraciones
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 1 de agosto de 2023. Comprobado con el BOE el 28 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 32 de la Ley de Policías Locales de Andalucía (Ley 6/2023, LPLA) se titula «Premios, distinciones y condecoraciones» y está en el capítulo I («Principios generales») del título IV («Régimen estatutario»).
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Texto literal
La Consejería con competencias sobre las policías locales podrá conceder premios, distinciones y condecoraciones a las personas integrantes de los cuerpos de la Policía Local que se distingan notoriamente en el cumplimiento de sus funciones, con informe previo del municipio al que pertenezcan y de acuerdo con el reglamento que a tal efecto fije los requisitos para su concesión.