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Articulado

TÍTULO IX. Régimen disciplinarioCAPÍTULO V. Extinción de la responsabilidad disciplinaria

Ley 2/2015 · LEPGArtículo 197Causas de extinción de la responsabilidad disciplinaria

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 31 de diciembre de 2025. Comprobado con el BOE el 24 de octubre de 2026.

En pocas palabras

El artículo 197 de la Ley del empleo público de Galicia (Ley 2/2015, LEPG) se titula «Causas de extinción de la responsabilidad disciplinaria» y está en el capítulo V («Extinción de la responsabilidad disciplinaria») del título IX («Régimen disciplinario»). Remite al artículo 192.

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Texto literal

La responsabilidad disciplinaria se extingue por el cumplimiento de la sanción, la prescripción de la falta o sanción y la pérdida de la condición de empleado público de la persona sujeta a responsabilidad, sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo segundo del apartado quinto del artículo 192.

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