TÍTULO IX. Régimen disciplinarioCAPÍTULO III. Sanciones disciplinarias
Ley 2/2015 · LEPGArtículo 191Disposiciones comunes a las sanciones disciplinarias
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 31 de diciembre de 2025. Comprobado con el BOE el 24 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 191 de la Ley del empleo público de Galicia (Ley 2/2015, LEPG) se titula «Disposiciones comunes a las sanciones disciplinarias» y está en el capítulo III («Sanciones disciplinarias») del título IX («Régimen disciplinario»). Tiene 4 apartados y 4 letras.
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Texto literal
1. En todos los casos de imposición de sanciones disciplinarias podrá establecerse, de forma complementaria a la sanción principal impuesta, la obligación de realizar cursos de formación sobre ética pública.
2. La determinación del alcance de cada sanción, dentro de la graduación establecida en este capítulo, se efectuará tomando en consideración las siguientes circunstancias:
a) El grado de intencionalidad, descuido o negligencia que se revele en la conducta.
b) El daño producido a los intereses públicos o de particulares.
c) La reiteración, por comisión en el término de un año de otra infracción de distinta naturaleza, o la reincidencia, por comisión en el término de un año de más de una infracción de la misma naturaleza, en ambos casos cuando así se haya declarado por resolución firme en vía administrativa. A estos efectos, no se computarán las sanciones canceladas.
d) El grado de participación.
3. Se considerarán circunstancias atenuantes, que permitirán imponer una sanción de las previstas para infracciones de menor gravedad que la cometida, la corrección por el responsable de la falta disciplinaria de la situación creada por la comisión de la misma en el plazo que se señale en el correspondiente requerimiento, así como la ausencia de perjuicios relevantes para la Administración pública en la que se presten servicios y para los ciudadanos.
4. Los convenios colectivos podrán adaptar a las peculiaridades del personal laboral las sanciones disciplinarias previstas en este capítulo.
CAPÍTULO IV
Procedimiento disciplinario
Plazos y cifras
Copiados tal cual del texto de arriba, para repasarlos de un vistazo.
- Apdo. 2.c)…por comisión en el término de un año de otra infracción de distinta naturaleza, o la reincidencia, por comisión en el término de un año de más de una infracción de la…