TÍTULO I. Transparencia de la actividad públicaCAPÍTULO II. Publicidad activa
Ley 1/2016 · LTBGGArtículo 8Obligaciones específicas de información sobre las relaciones con la ciudadanía
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 31 de diciembre de 2025. Comprobado con el BOE el 25 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 8 de la Ley de transparencia y buen gobierno de Galicia (Ley 1/2016, LTBGG) se titula «Obligaciones específicas de información sobre las relaciones con la ciudadanía» y está en el capítulo II («Publicidad activa») del título I («Transparencia de la actividad pública»). Enumera 6 letras. Remite al artículo 3.
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Texto literal
Los sujetos citados en el artículo 3.1 de la presente ley facilitarán información sobre:
a) La relación de procedimientos y servicios a disposición de la ciudadanía.
b) El régimen jurídico de los distintos servicios públicos.
c) Los requisitos y condiciones de acceso a los servicios públicos.
d) Las cartas de servicios aprobadas.
e) Los resultados de las evaluaciones de calidad efectuadas.
f) La relación de sistemas de inteligencia artificial o modelos de inteligencia artificial de uso general que tengan impacto en los procedimientos administrativos o en la prestación de los servicios públicos, con descripción de manera comprensible de su arquitectura y funcionamiento, de los datos que utilizan, del nivel de riesgo que implican y del impacto de sus resultados en los procedimientos administrativos, en especial si son o no directamente decisorios de los mismos.