TÍTULO I. Transparencia de la actividad públicaCAPÍTULO II. Publicidad activa
Ley 1/2016 · LTBGGArtículo 7Obligaciones específicas de información institucional, organizativa y de planificación
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 31 de diciembre de 2025. Comprobado con el BOE el 25 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 7 de la Ley de transparencia y buen gobierno de Galicia (Ley 1/2016, LTBGG) se titula «Obligaciones específicas de información institucional, organizativa y de planificación» y está en el capítulo II («Publicidad activa») del título I («Transparencia de la actividad pública»). Enumera 9 letras. Remite al artículo 3.
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Texto literal
Además de la información que debe hacerse pública según la normativa básica en materia de transparencia, los sujetos citados en el artículo 3.1 también publicarán:
a) La relación de órganos colegiados adscritos, su composición y las normas por las que se rigen.
b) Las competencias de los distintos órganos y entidades, así como los traspasos de funciones y servicios asumidos.
c) Las delegaciones de competencias vigentes.
d) La localización de las unidades administrativas, medios de contacto y horario de atención al público.
e) Los códigos éticos o de buen gobierno aprobados, así como los estándares de buenas prácticas y responsabilidad social que aplica.
f) El contenido del Registro de Entidades del Sector Público de la Comunidad Autónoma de Galicia.
g) Los planes de actuación y contratos de gestión de las entidades del sector público de la Comunidad Autónoma de Galicia.
h) El plan estratégico o de gobierno.
i) Las agendas de la actividad institucional pública de los miembros de la Xunta de Galicia y de las personas que ocupen altos cargos, que se mantendrán públicas, como mínimo, durante un año.
Plazos y cifras
Copiados tal cual del texto de arriba, para repasarlos de un vistazo.
- Apdo. i)…que ocupen altos cargos, que se mantendrán públicas, como mínimo, durante un año.