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Articulado

TÍTULO IV De la economía y la hacienda

Ley Orgánica 1/1981 · EAGArtículo 42La Comunidad Autónoma gallega contará para el desempeño de sus competencias con

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 28 de diciembre de 2022. Comprobado con el BOE el 25 de octubre de 2026.

En pocas palabras

El artículo 42 del Estatuto de Autonomía para Galicia (Ley Orgánica 1/1981, EAG) se titula «La Comunidad Autónoma gallega contará para el desempeño de sus competencias con».

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Texto literal

Hacienda y Patrimonio propios.

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