TÍTULO III. De la Administración Pública Gallega
Ley Orgánica 1/1981 · EAGArtículo 41La Comunidad Autónoma ejercerá sus funciones administrativas por órganos y entes
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 28 de diciembre de 2022. Comprobado con el BOE el 25 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 41 del Estatuto de Autonomía para Galicia (Ley Orgánica 1/1981, EAG) se titula «La Comunidad Autónoma ejercerá sus funciones administrativas por órganos y entes» y está en el título III («De la Administración Pública Gallega»).
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Texto literal
dependientes de la Junta de Galicia. También podrá delegarlas en las provincias, municipios y demás entidades locales reconocidas en este Estatuto.