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Articulado

TÍTULO II. De las operaciones de endeudamientoCAPÍTULO II. De las garantías

Decreto Legislativo 1/1999 · LRFGArtículo 41Importe

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 31 de diciembre de 2025. Comprobado con el BOE el 25 de octubre de 2026.

En pocas palabras

El artículo 41 de la Ley de Régimen Financiero y Presupuestario de Galicia (Decreto Legislativo 1/1999, LRFG) se titula «Importe» y está en el capítulo II («De las garantías») del título II («De las operaciones de endeudamiento»).

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Texto literal

El importe máximo de los avales que podrá conceder la Comunidad Autónoma durante el año será determinado en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad.

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