TÍTULO II. De las operaciones de endeudamientoCAPÍTULO II. De las garantías
Decreto Legislativo 1/1999 · LRFGArtículo 41Importe
Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 31 de diciembre de 2025. Comprobado con el BOE el 25 de octubre de 2026.
En pocas palabras
El artículo 41 de la Ley de Régimen Financiero y Presupuestario de Galicia (Decreto Legislativo 1/1999, LRFG) se titula «Importe» y está en el capítulo II («De las garantías») del título II («De las operaciones de endeudamiento»).
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Texto literal
El importe máximo de los avales que podrá conceder la Comunidad Autónoma durante el año será determinado en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad.