Saltar al contenido
Articulado

TÍTULO I. De los españoles y extranjeros

Código Civil · CCArtículo 23

Texto vigente: versión consolidada del BOE actualizada el 3 de enero de 2025. Comprobado con el BOE el 28 de octubre de 2026.

En pocas palabras

El artículo 23 del Código Civil (CC) está en el título I («De los españoles y extranjeros»). Enumera 3 letras. Remite al artículo 24.

Lectura
1 min
Preguntas de test
4

Texto literal

Son requisitos comunes para la validez de la adquisición de la nacionalidad española por opción, carta de naturaleza o residencia:

a) Que el mayor de catorce años y capaz para prestar una declaración por sí jure o prometa fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y a las leyes.

b) Que la misma persona declare que renuncia a su anterior nacionalidad. Quedan a salvo de este requisito los naturales de países mencionados en el apartado 1 del artículo 24 y los sefardíes originarios de España.

c) Que la adquisición se inscriba en el Registro Civil español.

Plazos y cifras

Copiados tal cual del texto de arriba, para repasarlos de un vistazo.

  • Apdo. a)Que el mayor de catorce años y capaz para prestar una declaración por sí jure o prometa fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y a las leyes.

Preguntas tipo test de este artículo

En la app hay 4 preguntas tipo examen sobre este artículo. Cada respuesta se corrige al momento, con la frase exacta de la ley.

Aquí tienes una de muestra. La solución no está en esta página: la ves al responder.

  1. Apartado c)

    A efectos del artículo 23 del Código Civil, el lugar donde debe inscribirse la adquisición de la nacionalidad española como requisito común para su validez es:

    1. A) El Registro Civil español.
    2. B) El Registro Central de Extranjeros.
    3. C) El Registro General de Actos de Última Voluntad.
    4. D) El Registro Mercantil.

Haz el test de este artículo

Fuente: Boletín Oficial del Estado, BOE-A-1889-4763. Ver el Código Civil en el BOE (se abre en otra pestaña)

Artículos relacionados

Este artículo remite a

Lo mencionan

En el mismo título

Índice del Código Civil